Junta Rectora Funciones
El artículo 13.2. de los Estatutos del Consorcio Universitario Centro Asociado a la UNED en Cantabria (aprobados el 13 de junio de 2017 y publicados en el Boletín Oficial de Cantabria –BOC– el 2 de octubre de ese mismo año) señalan:
Artículo 13.
- La Junta Rectora asumirá las facultades que le correspondan como órgano de dirección, administración y representación ante terceros del Consorcio universitario titular del Centro Asociado de la UNED en Cantabria y, entre otras, tendrá las siguientes competencias:
- a)Proponer la modificación de los Estatutos que rijan el funcionamiento del Consorcio que, en todo caso, deberá ser aprobada por todas las instituciones consorciadas.
- b) Aprobar la incorporación de nuevas entidades.
- c) Proponer a la UNED la creación de Aulas que, en cualquier caso, deberán ser autorizadas por ella.
- d) Acordar la implantación en el centro de nuevas enseñanzas regladas y no regladas, conforme a lo que se dispone en la legislación vigente, aprobando el gasto necesario a incluir en el presupuesto para la implantación de las nuevas enseñanzas regladas.
- e) Conceder subvenciones a otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, así como ayudas o becas a estudiantes, en el ámbito de sus objetivos.
- f) Aprobar el presupuesto anual y sus cuentas anuales, remitiéndolo a la UNED junto con el inventario existente al cierre del ejercicio, así como aprobar las normas internas de procedimiento y de gestión del gasto.
- g) Aprobar los gastos extraordinarios y la aportación con la que contribuirá cada ente consorciado que, como principio general, se distribuirá en función de las posibilidades de cada uno; ello sin perjuicio de la ratificación que en su caso sea procedente.
- h) Adquirir, disponer, administrar y enajenar los bienes y derechos del Centro Asociado siempre que no supongan alteración de la voluntad y fines fundacionales.
- i) Aprobar los derechos o ingresos de cualquier clase procedentes de las actividades del Centro Asociado, de acuerdo a las normas de la UNED.
- j) Aprobar la modificación, en su caso, del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro Asociado, conforme a las directrices fijadas por el Consejo de Gobierno de la UNED.
- k) Aprobar los planes y proyectos de obras y servicios del Consorcio, su contratación cuando exceda de los límites establecidos en las bases de ejecución del Presupuesto y la determinación de su régimen de gestión.
- l) Acordar la firma de contratos con el personal directivo, administrativo y de servicios; sin perjuicio de las facultades que correspondan a la UNED en función de su reglamentación específica.
- m) Fijar el número y las condiciones económicas y laborales de todo el personal del Centro Asociado, con los límites en su caso derivados de lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.n) Determinar anualmente, a propuesta del Director del Centro, las plazas de ProfesoresTutores que impartirán docencia en el Centro Asociado y efectuar las convocatorias para su selección de acuerdo con las directrices fijadas por el Consejo de Gobierno, así como la propuesta de nombramiento de los Profesores-tutores del Centro Asociado.
- o) Controlar y fiscalizar las actividades del Centro Asociado y de sus Aulas.
- p) Disolver y liquidar el Consorcio.
La Junta Rectora podrá delegar alguna de sus facultades mediante acuerdo expreso y para actos concretos. En todo caso serán indelegables aquellos acuerdos que requieran un quorum especial para su aprobación, la ratificación de los entes consorciados o que tengan carácter presupuestario o de control financiero.
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