El artículo 18 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro Asociado de la UNED en Cantabria (aprobado por Consejo de Gobierno el 26 de junio de 2012 y publicado en el Anexo II del Boletín Interno de Coordinación Informativa –BICI– del 18 de julio de ese mismo año) señala:
Artículo 18.
Las funciones del Claustro son:
- a) Aprobar y modificar su Reglamento Interno, de acuerdo con el presente Reglamento y con la normativa general de la UNED.
- b) Elegir las dos vicepresidencias del Claustro.
- c) Acordar la creación de comisiones.
- d) Debatir las líneas generales de actuación del Centro.
- e) Proponer modificaciones al presente Reglamento para su posible aprobación en Junta Rectora y Consejo de Gobierno de la UNED.
- f) Proponer recomendaciones y declaraciones institucionales, así como debatir los informes que le sean presentados por el Director.
- g) Ser informado y oído en lo referente al proyecto de presupuestos y liquidación presupuestaria de los ejercicios económicos finalizados.
- h) Proponer los miembros honorarios que pudieran formar parte de su Claustro, así como ser oído en las medidas de recompensas establecidas en la normativa.
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